San Jos‚ de Balcarce, 5 de julio de 1982.- VISTO: Las actuaciones sumariales incoadas por expe- diente N§ 423/82, caratulado "Jefa de Personal. Solicitud de sanci¢n disciplinaria para el agente municipal Ra£l Servando Erdonzaincy", y CONSIDERANDO: Que las mismas fueron promovidas por la Jefatu- ra de Personal seg£n nota de fs. 1, en la que solicita la aplicaci¢n de una sanci¢n ejemplarizadora al agente municipal Ra£l S. Erdon- zaincy, en virtud del no cumplimiento de la tarea que se le encomen- dara al reparto de recibos de la Tasa por Alumbrado, Limpieza y Con- servaci¢n de la V¡a P£blica, Que habi‚ndose considerado al citado agente presuntivamente incurso en la causal de negligencia en el ejercicio de su funci¢n (art. 65 inc. 2 de la Ordenanza General N§ 207), rec- tifica en su descargo lo manifestado en la declaraci¢n indagatoria, reconociendo la no distribuci¢n de boletas en dos domicilios, en ra- z¢n de haber incurrido en un olvido involuntario, Que en oportunidad de tomar conocimiento del expediente, la Junta de Disciplina dictamina que corresponder¡a la aplicaci¢n de una medida correctiva m s efectiva, Que hay que tener en consideraci¢n el car cter de la falta incurrida, como as¡ tambi‚n las razones alegadas en el descargo que no aten£an de manera alguna la responsabilidad del im- putado, Que asimismo para graduar la medida disciplina- ria a aplicar, se debe tener en cuenta el car cter de reincidente que reviste el agente municipal "sub lite", de acuerdo a los antece- dentes obrantes en la copia de su legajo personal, donde consta que con fecha 10 de julio de 1980 y 4 de noviembre de 1981, le fueron a- plicadas suspensiones por 10 d¡as y 15 d¡as respectivamente, POR ELLO: EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO en uso de las atribuciones que le confiere la Ley Org nica de las Municipali- dades y sus modificatorias, D E C R E T A ------------- ARTICULO 1§: Aplicar al agente municipal Ra£l Servando Erdonzaincy ------------ (legajo N§ 385), sanci¢n de cesant¡a (art. 63, inc. c de la Ordenanza General N§ 207), a partir del 6 de julio de 1982.--- ARTICULO 2§: Autorizar a la Contadur¡a Municipal a liquidar los ha- ------------ beres que le pudieren corresponder.-------------------- ARTICULO 3§: C£mplase, comun¡quese, tomen raz¢n a sus efectos las ------------ Secretar¡as Municipales, Contadur¡a, Tesorer¡a, Aseso- r¡a Legal, Departamento de Personal, Oficina de Prensa, el interesa- do y d‚se al Registro Oficial de Decretos.-------------------------- DECRETO N§ 254.- ----------------